Apertura de un plazo para actualizar el expediente personal para el personal docente funcionario de carrera y de prácticas

Mié, 27/09/2023 - 10:28

El personal docente funcionario de carrera y de prácticas podrá actualizar su expediente personal en aquellas categorías de datos en las que no consten los datos actualizados, estén incompletos o incorrectos, mediante el enderezo web http://www.edu.xunta.gal/datospersoais de conformidad con la Orden de 2 de junio de 2021 por la que se regulan el contenido, uso y acceso al expediente del personal funcionario de los cuerpos docentes y del personal laboral docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 (DOG nº 112 de 15 de junio de 2021), código de procedimiento ED011A.

De acuerdo con la disposición adicional tercera de la Orden de 2 de junio de 2021 el personal docente dependiente de otra Administración educativa que obtuvo plaza en el último concurso general de traslados en la Comunidad Autónoma de Galicia podrá solicitar también en este plazo la actualización de su expediente personal.

El plazo de presentación de solicitudes abarcará desde el día 03/10/2023 hasta el día 09/10/2023, ambos incluidos.

La solicitud se cubrirá obligatoriamente a través del formulario normalizado accesible en la página web https://www.edu.xunta.gal/datospersoais/ y se presentará obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal.

Para esto, deberá proceder de la siguiente manera:

1. Acceder a la página web www.edu.xunta.gal/datospersoais.

2. Identificarse mediante cualquiera de los mecanismos permitidos: correo de dominio edu.xunta.gal y contraseña, Chave365 o certificado electrónico.

3. Presionar en la solapa Mis instancias (parte izquierda del menú).

4. Seleccionar el tipo de instancia: Instancia de méritos octubre 2023 y presionar en el botón CREAR NUEVA INSTANCIA.

5. Una vez creada la instancia deberá acceder al menú existente en el apartado Resumen de alegatos y formular los alegatos que considere oportunas utilizando el botón Hacer alegatos eixstente en cada categoría de datos. En este paso es obligatorio que añada en la aplicación con cada alegato el documento justificativo de este.

Recuerde que:

*no es preciso que presente la documentación de nuevo posteriormente en la sede electrónica si ya la añadió en la aplicación de datos personales.

*como documentación justificativa no es válido añadir un archivo en el que consten unidos varios documentos alegados en diferentes categorías o apartados del expediente. El documento que anexe deberá corresponderse con cada alegato que formule.

*solo se permite añadir un máximo de 2 documentos por cada alegato.

6. Después de finalizar los alegatos, deberá cerrar la solicitud y presentarla electrónicamente mediante la solapa Presentación en sede cuyo enlace le permitirá acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Recuerde que la solicitud solo estará correctamente presentada cuando se le permita descargar el recibo justificativo de la presentación telemática.

 

IMPORTANTE: solo se admitirá la última solicitud cerrada en datos personales y presentada en la sede electrónica. Por esta razón, TODOS los méritos deben alegarse en la misma solicitud.

En caso de que usted olvide alegar algún mérito, puede crear una nueva instancia en datos personales creando una copia de la anterior para añadir el mérito o méritos que no hubiera alegado en la solicitud anterior.