Información sobre los servicios mínimos de transporte escolar y comedor escolar que operarán el día 8 de marzo de 2018, con ocasión de la huelga general convocada

Mié, 07/03/2018 - 14:46

El Decreto 26/2018, de 1 de marzo, por lo que se dictan normas para garantizar los servicios esenciales durante la descansa convocada para el día 8 de marzo de 2018, establece el siguiente:

  • En los servicios regulares de uso especial para transporte de escolares:

Se mantendrán cómo esenciales los servicios de entrada a los centros desde alas 7.30 hasta las 10.30 horas y los de salida desde de las 13.30 a las 19.00 horas nos itinerarios de transporte escolar de estudiantes de niveles de enseñanza obligatoria, cuya longitud total sea superior a 4 km.

Para los servicios de transporte a alumnado de centros de educación especial se consideran esenciales todos los itinerarios existentes nos horarios habituales.

  • En los centros docentes no universitarios de titularidad pública:

Una persona de cocina en los centros comunes con comedor escolar de gestión directa. Un encargado del catering en cada uno de los comedores de gestión indirecta.

1 auxiliar cuidador/la en cada centro educativo que no sea centro de educación especial y que en este curso haya asignado personal de esa categoría.

La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria lamenta los trastornos que la convocatoria de esta huelga pueda causar al alumnado y a sus familias, que, en todo caso, se pretenden paliar con la fijación de los servicios mínimos en la totalidad del alcance permitido en la actualidad.