Educación blinda el acceso a las enseñanzas universitarias de los estudiantes con dificultades económicas por causas sobrevenidas

La Consellería convoca estas bolsas, a las que destina una cuantía global de 100.000 euros, que puede ser ampliada si el número de solicitudes lo demanda

El importe de las bolsas, en función de la renta familiar, oscilará entre los 1.500 y los 2.750 euros

Lun, 13/01/2020 - 10:14

La Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional publica hoy en el Diario Oficial de Galicia la convocatoria de ayudas destinadas al alumnado del Sistema Universitario de Galicia (SUG) que, por causas sobrevenidas e imprevistas acontecidas a lo largo del curso académico 2019/20, tenga dificultades económicas, con el objetivo de garantizar que puedan continuar sus estudios, blindando el acceso a los mismos.

El departamento educativo de la Xunta de Galicia destinará la estas ayudas una cuantía global de 100.000 euros, que podrá ser incrementada hasta cubrir a todas las personas que lo precisen. Las ayudas, cuyo importe dependerá de la renta familiar, oscilarán entre los 1.500 y los 2.750 euros. Desde lo curso 2011/12 la Xunta concedió un total de 252 de estas bolsas por importe de 737.000 euros.

Podrá solicitar estas ayudas el alumnado universitario con una situación de emergencia derivada de una causa sobrevenida e imprevista acontecida entre lo 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 y que esté matriculado en el curso 2019/20, como mínimo en 50 créditos, en estudios universitarios conducentes la una titulación de grado, en cualquiera de las universidades del SUG.

En el caso del alumnado a lo que le reste un número inferior de créditos para finalizar sus estudios, deberá estar matriculado como mínimo de 30 créditos. Además, no podrá haber recibido esta ayuda con anterioridad y la renta per cápita de la unidad familiar no será superior al importe anual de la pensión no contributiva individual que establezca la ley de presupuestos generales del estado para el año 2020 multiplicada por 1,50.

En la convocatoria se entienden como causas imprevistas la orfandad absoluta; situación de desempleo, fallecimiento de alguno de los sustentadores principales de la unidad familiar, impago acreditado por denuncia o sentencia de pensiones alimenticias en los casos de separación o divorcio, enfermedad grave, reconocimiento de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo de alguno de los sustentadores principales de la unidad familiar; víctimas de violencia de género; víctimas de actos terroristas y otras circunstancias no recogidas que, siendo debidamente acreditadas, repercutan en la situación socioeconómica familiar.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y, opcionalmente, se podrán presentar de forma presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Si la causa sobrevenida e imprevista aconteció con anterioridad a la publicación de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Si lo hace con posterioridad, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde que aconteció la causa sobrevenida, siendo la fecha límite para la presentación de las solicitudes el 31 de julio de 2020.