Apertura del plazo para que el personal docente (interino o sustituto) solicite provincias o zona

Vie, 29/07/2016 - 13:22

El Acuerdo de 20 de junio de 1995 y sus addendas, publicado como texto refundido por resolución del Director General de Centros y Recursos Humanos, establece en su apartado decimocuarto, que el profesorado interino y sustituto que estén en una de las circunstancias que a continuación se relacionan podrá optar por el período mínimo de un curso académico, por realizar relevos en una zona educativa:

  • Para atender el cuidado un hijo menor de seis años, tanto cuando lo sea por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo.

  • Para atender el cuidado de un familiar que se tenga a su cargo, hasta lo según grado de consanguinidade o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

  • Por enfermedad grave

  • Por tener concedida una bolsa de estudios

  • Por ampliación de estudios

  • Por ser víctima de violencia de género

  • Por cualquiera de las circunstancias que permiten a los funcionarios públicos la concesión de los servicios especiales.

Al mismo tiempo, la base decimoctava de la Orden de 2 de junio de 2016, prescribe que el profesorado interino y sustituto que no obtenga plaza en esta adjudicación podrá acogerse a prestar servicios como interino o sustituto en una o varias provincias, a través de la aplicación informática que gestiona la cobertura de relevos.

Si Vde. desea acogerse a trabajar en una provincia o en más de una pero no en las cuatro provincias de la Comunidad Autónoma, o acogerse a prestar servicios en una zona educativa o la no prestar servicios durante lo curso académico 2016-2017, deberá efectuar la solicitud, a través de la aplicación informática que gestiona la cobertura de relevos, acompañada de la documentación, cuando sea el caso, justificativa de la circunstancia alegada, el s plazos son los siguientes:

Maestros: de 1 de agosto de 2016 hasta el 20 de agosto de 2016, ambos incluidos.

Profesores de los restantes cuerpos (PES,FP, EOI, Etc...): de 1 de septiembre de 2016 hasta el 12 de septiembre de 2016, ambos incluidos.

La solicitud tendrá efectos durante todo el curso académico. El que no efectúe petición se entiende que opta por prestar servicios en todas las provincias de la Comunidad Autónoma.

 

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