Nuevas instrucciones en relación con el COVID-19

Vie, 13/03/2020 - 13:56

Instrucciones de 13 de marzo de 2020, provisionales dirigidas a las direcciones de los centros educativos de enseñanza no universitaria sobre la concreción de las medidas a adoptar  en relación con la pandemia covid-19 para los próximos 14 días naturales contados desde lo 16 de marzo de 2020

 

1. PROCESO DE ADMISIÓN

Se amplía provisionalmente el plazo de presentación telemática y presencial de solicitudes de admisión que finalizará 1 semana después del reinicio de las clases.

Se recomienda la utilización preferente de la modalidad telemática para la presentación de las solicitudes

 

2. PRESENCIA DEL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE EN El CENTRO

2.1. Se establece las siguientes previsiones en relación con la presencia del personal que se indican a continuación:

la) Educación infantil y primaria

-Centros de menos de 6 unidades

La titorización y la atención del alumnado se realizará con los medios no presenciales, telemáticos,  telefónicos o de otra índole de los que dispongan los centros y las familias (por ejemplo, webs dinámicas, aulas virtuales, Edixgal, etc)

-Restantes centros

Para la titorización y atención al alumnado por los medios no presenciales, telemáticos, telefónicos o de otra índole de los que dispongan los centros y las familias (por ejemplo, webs dinámicas, aulas virtuales, Edixgal, etc) se establece la presencia del personal docente que determine el equipo directivo, siempre que no presente sintomatología. No se tendrá en consideración el personal de refuerzo educativo, auxiliares de conversación..., etc. que no tienen el deber de asistir al centro.

b) Resto de enseñanzas

Para la titorización y atención al alumnado por los medios no presenciales, telemáticos, telefónicos o de otra índole de los que dispongan los centros y las familias (por ejemplo, webs dinámicas, aulas virtuales, Edixgal, etc) se establece la presencia del personal docente que determine el equipo directivo, siempre que no presente sintomatología.

No se tendrá en consideración el personal de refuerzo educativo, auxiliares de conversación..., etc. que no tienen el deber de asistir al centro.

c) Educación especial con servicio de residencia

Deberá existir el personal suficiente docente, cuidador y de cocina para garantizar los cuidados básicos del alumnado asistente.

d) Excepto en los centros de educación especial con residencia, para el personal de cocina, limpieza y personal cuidador se aplicarán las previsiones del convenio colectivo para los períodos de inactividad.

y) El restante personal de apoyo y refuerzo educativo no asistirá al centro educativo

2.2. Criterios para la priorización de la presencia del personal en los centros.

De conformidad con las previsiones del Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia tienen preferencia para la obtención de permisos de conciliación el profesorado que tenga a su cuidado menores de 18 años, mayores discapacitados y personas mayores dependientes.

Para los casos en los que ambos progenitores tengan la condición de empleados públicos, la medida se aplicará la un de ellos (con la excepción de que uno de ellos tenga la condición de personal sanitario).

2.3 En lo relativo a las herramientas informáticas disponibles, y sin menoscabo de las propias, se remitirá a los centros educativos una comunicación en la que se indicarán las que están la disposición y su procedimiento de uso.

Consulte las herramientas informáticas

 

3. INSTRUCCIONES RESPETO DE La ATENCIÓN DEL ALUMNADO

3.1 El centro dispondrá de las medidas precisas para facilitar la continuidad del proceso de aprendizaje del alumnado fuera del ámbito escolar.

3.2 Cada centro, dentro de su autonomía pedagógica y de gestión, establecerá un sistema de comunicación e información con el alumnado y las familias a través de las herramientas o plataformas con las que trabaja habitualmente, así como cualquier otro medio de comunicación que el centro estime adecuado para esta situación.

3.3 Los equipos docentes y el restante profesorado elaborarán propuestas de actividades para que el alumnado continúe con su proceso educativo nos sus domicilios.

3.4 Se prestará una especial atención a la titorización del alumnado de 2º de bachillerato.

 

4 OTRAS MEDIDAS DE CARÁCTER GENERAL

4.1 Se suspende todo tipo de actividad extraescolar

4.2 Se suspende el servicio de cafetería en los centros de enseñanza secundaria

4.3 Se utilizará cómo medio de comunicación prioritario con las direcciones de los centros educativos el portal de la dirección y el correo electrónico.

4.4 Las direcciones de los centros educativos divulgarán entre lo personal del centro las presentes instrucciones y las comunicarán a todas las familias que las soliciten.

 

5. VIGENCIA DE ESTAS INSTRUCCIONES

Las presentes instrucciones tienen carácter provisional, por lo que pueden ser modificadas en atención a la evolución de la pandemia.

La comunicación de cualquier modificación de las presentes instrucciones se realizará con la mayor inmediatez a través del portal de la dirección.