BECAS BACHARELATO
Plazo de presentación de solicitudes (finalizado)
- Desde el 17 de agosto de 2018
- Hasta el 01 de octubre de 2018
Forma de presentación de la solicitud
La solicitud se presenta mediante formulario on-line a través de la página web de este ministerio. Para acceder a dicho formulario, deberá pulsar el botón "Becas Generales 2018 - 2019" que hay en la portada de nuestra web. El alumno deberá registrarse previamente en la Sede Electrónica de este Ministerio, si bien hay que tener en cuenta que el registro realizado en cursos anteriores sigue siendo válido para realizar este trámite.
En principio, no habrá que aportar documentación, pues las unidades encargadas de la tramitación (en adelante, unidades de tramitación o unidades de becas) consultarán y obtendrán de la Administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos. Solo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará cuando cumplimente el formulario.
No obstante, en cualquier momento las unidades de becas podrán requerirle la presentación de documentación relacionada con su solicitud de beca.
Requisitos
Requisitos generales
Para tener derecho a beca los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos generales, a 31 de diciembre de 2017:
Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
No poseer en el momento de solicitar la beca un título de nivel igual o superior al de los estudios para los que se pide la beca.
Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.
Requisitos académicos, económicos y de otro tipo
Además de estos requisitos generales, es necesario cumplir una serie de requisitos que se indican a continuación:
Requisitos académicos
Enseñanzas | Requisitos para obtener beca* |
---|---|
Bachillerato |
|
Ciclo formativo de grado medio (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño) |
|
Ciclo formativo de grado superior (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño) |
|
Enseñanzas profesionales de música y danza |
|
Enseñanzas en escuelas oficiales de idiomas |
|
Enseñanzas artísticas superiores y otros estudios superiores no universitarios |
Requisitos económicos
Además de los requisitos generales y académicos, deben reunirse unos requisitos económicos, atendiendo a los ingresos que haya percibido la unidad familiar en el ejercicio fiscal del año anterior (para el curso 2018-2019, se considera el año 2017), aplicando deducciones para determinadas situaciones (familias numerosas, solicitantes con discapacidad, etc.) cuyo detalle puede consultarse en la convocatoria.
Dichos requisitos económicos se establecen mediante unos umbrales o límites de renta (ver tabla al final de esta página), que determinarán los componentes de beca que pueden percibirse. Estos componentes son, básicamente, cinco:
Por otra parte, existen otros límites que no pueden superarse para ser beneficiario de una beca, entre los que destacan:
De esta forma, los componentes de beca que pueden corresponder al solicitante quedarán determinados por el umbral bajo el cual quede la renta de la unidad familiar durante 2017:
No se reúnen los requisitos económicos si los ingresos familiares superan las cantidades establecidas en el umbral 3.
Hay que tener en cuenta que pueden existir otras limitaciones derivadas del tipo de estudios que curse el alumno (por ejemplo, en caso de estudios completamente no presenciales), del número de asignaturas o módulos en que se haya matriculado, etc., que impidan percibir determinados componentes.
También conviene saber que ciertas circunstancias académicas, como la nota media, afectan al importe de algún componente, como la cuantía variable o la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. Igualmente, otras situaciones, como la residencia en islas o la discapacidad del alumno, pueden dar lugar a la percepción de cantidades adicionales.
Nº de miembros de la unidad familiar | Umbral 1 | Umbral 2 | Umbral 3 |
---|---|---|---|
Familias de 1 miembro |
3.771,00 € |
13.236,00 € |
14.112,00 € |
Familias de 2 miembros |
7.278,00 € |
22.594,00 € |
24.089,00 € |
Familias de 3 miembros |
10.606,00 € |
30.668,00 € |
32.697,00 € |
Familias de 4 miembros |
13.909,00 € |
36.421,00 € |
38.831,00 € |
Familias de 5 miembros |
17.206,00 € |
40.708,00 € |
43.402,00 € |
Familias de 6 miembros |
20.430,00 € |
43.945,00 € |
46.853,00 € |
Familias de 7 miembros |
23.580,00 € |
47.146,00 € |
50.267,00 € |
Familias de 8 miembros |
26.660,00 € |
50.333,00 € |
53.665,00 € |
Otros requisitos
Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca: por ejemplo, hay que acreditar la necesidad de residir fuera del domicilio familiar para tener derecho a la cuantía fija asociada a la residencia.
Asimismo, hay circunstancias específicas que requieren acreditación especial o que pueden modificar los componentes a percibir. Por ejemplo:
Consulte la convocatoria en este mismo portal para completar esta información sobre las situaciones específicas que se regulan y que pudieran darse en su caso.
Obligación de dedicar la beca a la finalidad establecida
Los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar dicha beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
En estos supuestos, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida.
Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios
No universitarios. Curso 2018 - 2019
Toda la información de esta convocatoria la puede consultar en el portal:
Índice
Información general
Convocatoria
- Convocatoria general de becas para estudios no universitarios
Fecha de publicación en el BOE: 16-08-2018
Información de la solicitud
Plazo de presentación de solicitudes
- Desde el 17 de agosto de 2018
- Hasta el 01 de octubre de 2018
Plazo de presentación de solicitudes finalizado