Licencias por formación destinadas al funcionariado docente no universitario para el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024

Mié, 07/06/2023 - 16:21

Normativa reguladora:

Resolución de 6 de junio de 2023 por la que se convocan licencias por formación para el período comprendido entre el 15 de septiembre de 2023 y el 30 de junio de 2024 destinadas al funcionariado docente no universitario y se aprueban las bases de concesión.

Plazo de inscripción:

Hasta el 27 de junio de 2023 (incluido)

Personas destinatarias:

Personal docente que pertenezca a los cuerpos que imparten las enseñanzas establecidas en la LOE, destinado en el período indicado en centros educativos públicos dependientes de la consellería, de acuerdo con la siguiente prelación:

  • MODALIDADES INDIVIDUALES

a) Personal docente funcionario de carrera que no disfrutó de licencia por formación en las dos últimas convocatorias (2020/21 y 2021/22) .

b) Personal docente funcionario de carrera que disfrutó de licencia por formación en las dos últimas convocatorias (2020/21 y 2021/22) .

c) Personal docente interino.

  • MODALIDADES DE GRUPO

Con carácter general estarán conformados por personal funcionario de carrera o con no más del 50% de sus componentes personal docente interino, se aplicará la siguiente orden de prelación:

1º.- Todos ellos sin licencia en las dos últimas convocatorias (2020/21 y 2021/22).

2º.- Alguno sin licencia en las dos últimas convocatorias (2020/21 y 2021/22).

3º.- Todos ellos con licencia en las dos últimas convocatorias (2020/21 y 2021/22).

Requisitos

Las personas candidatas a la licencia por formación deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Personal docente funcionario de carrera.

1. Estar en situación de servicio activo y prestando servicios ininterrumpidos durante los cursos 2021/22 y 2022/23, y en el 2023/24 seguir teniendo destino y ejerciendo docencia directa con alumnado en centros docentes educativos dependientes de la consellería.

2. No tener destino en comisión de servicios durante el curso 2023/24, excepto el profesorado destinado en centros de enseñanzas artísticas superiores, el personal de las escuelas oficiales de idiomas y el que esté disfrutando de una comisión de servicios por conciliación de la vida familiar y laboral o por motivos de salud.

3. Cuando las personas participantes fueran beneficiarias de una licencia por formación en alguna de las tres últimas convocatorias, la obtención de la cualificación de apto en el trabajo desarrollado será condición indispensable para la obtención de una licencia en esta convocatoria.

b) Personal docente funcionario en prácticas

Podrá solicitar una licencia por formación en todo caso, pero no podrá disfrutar de ella en el período efectivo de las prácticas.

c) Personal docente interino.

Para estos efectos se entenderá como profesorado interino únicamente aquellas personas que tengan nombramiento como tal hasta el final del curso académico correspondiente.

Modalidades:
Se convocan 3 modalidades de licencias por formación, todas ellas retribuidas, por un período total de 500 meses, de acuerdo con la siguiente temática y distribución:

Modalidad 1. Proyectos para la elaboración o actualización de materiales curriculares digitales para segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, ESO, bachillerato, FP y enseñanzas de régimen especial.

1.a. Proyectos individuales

Meses convocados: 130

Duración: 3 meses

1.b. Grupos de trabajo de dos o tres miembros

Meses convocados: 170

Duración: de uno a tres meses

Modalidad 2. Proyectos individuales o en grupos de trabajo de dos o tres miembros para la creación de cursos no presenciales para la formación del profesorado dentro del modelo competencial de la Red de Formación y del marco de la Competencia Digital Docente.

Meses convocados: 130

Duración: de uno a tres meses

Modalidad 3. Proyectos individuales para la creación de materiales curriculares digitales para los cursos de especialización de las enseñanzas de FP.

Meses convocados: 70

Duración: mes y medio (entre el 15 de septiembre y el 31 de octubre de 2023)

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del anexo II de la convocatoria.
  • Proyecto de trabajo que se pretenda realizar durante el período de la licencia, según el contenido del anexo IV.
  • Además documentación específica para cada modalidad requerida en la convocatoria.

Más información

Mail: licenzas.fprofe@edu.xunta.gal
881 99 76 35. Cuestiones administrativas
981 52 24 11 (CAFI-Departamento Educación Digital). Todas las modalidades excepto FP
981 54 02 08. Modalidades de FP

Servicio de Programas de Formación

Dirección General de Centros y Recursos Humanos

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES