Apertura del plazo para realizar las solicitudes de prestar servicios en una o en varias provincias así como en determinados ayuntamientos
Los artículos 33 y 34 de la Orden de 7 de junio de 2018 por la que dictan normas para la adjudicación de destinos provisionales establece que el personal docente a lo que hace referencia el punto decimocuarto del Acuerdo de 20 de junio de 1995, podrá optar durante los períodos máximo y mínimo previstos en él, por realizar relevos en una o varias provincias (artículo 33) o en ayuntamientos determinados (artículo 34).
La opción debe formularse en la página http://www.edu.xunta.gal/substitutos y la solicitud junto con la documentación justificativa deberá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo comprendido entre el día 16 de julio a 19 de agosto de 2019.
En el caso de solicitud para prestar servicios en determinados ayuntamientos, ser incluyere en la petición ayuntamientos en que se impartan materias o áreas o módulos profesionales atribuidos a la especialidad correspondiente.
Cualquiera de estas opciones será por todo el curso académico.